El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este miércoles la convocatoria de ayudas al Bono de Alquiler Joven, dotada con un total de 15,2 millones de euros, que van a beneficiar a cerca de 2.500 aragoneses de hasta 35 años.
El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Ejecutivo aragonés, José Luis Soro, ha apuntado que estos fondos, que proceden del Gobierno central, pretenden facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a la población más joven con escasos medios económicos.
A finales del mes de julio, el Gobierno autonómico recibió el primer ingreso del Gobierno de España de los fondos destinados a estas subvenciones.
Soro ha manifestado que este bono nace con el objetivo de incentivar la emancipación de los jóvenes ya que según los datos del Observatorio de Emancipación Juvenil del Consejo de la Juventud, solo 1 de cada 6 jóvenes menores de 29 años puede independizarse.
Los interesados en solicitarlo podrán hacerlo a partir del próximo 15 de septiembre y hasta el 28 de octubre. Soro ha agregado que con el propósito de facilitar la incorporación de nuevos beneficiarios, se abrirá un nuevo plazo en 2023, desde el 1 de marzo y hasta el 28 de abril. Asimismo, está prevista la posibilidad de incorporar un nuevo período de solicitud, si todavía quedan fondos disponibles para esta convocatoria, ha dicho.
La concesión de estas ayudas tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2022 o desde la fecha del inicio del contrato, siempre y cuando no sea anterior a la fecha mencionada. Estas subvenciones tendrán en ambos casos una duración de dos años.
Subvención de 250 euros mensuales
Para poder ser beneficiario de este bono joven, el precio del alquiler mensual debe ser de 600 euros o menor a esta cuantía. El importe de la subvención es de 250 euros mensuales, siempre y cuanto esta cifra no supere el nivel de la renta. Además, los interesados tienen que acreditar que cuentan con una fuente regular de ingresos que no supere los 23.725,80 euros anuales.
El consejero ha adelantado que los criterios que regulan esta convocatoria han sido establecidos por el Gobierno central y a diferencia de otras convocatorias, el Bono de Alquiler Joven tiene en cuenta la predisposición de movilidad de esa parte de la sociedad y las ayudas se mantendrán aunque el beneficiario cambie de domicilio o se mude a otra comunidad autónoma durante el período subvencionable.
Requisitos
La inscripción se puede llevar a cabo de manera presencial o telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón. La directora general de Vivienda y Rehabilitación, Verónica Villagrasa, ha apelado a que se haga de manera online, ya que así se «facilita la celeridad en la tramitación y en la gestión de la solicitud y de toda la documentación». Ha recordado que se han puesto a disposición para eso las Oficinas Comarcales de Atención Joven.
También ha recomendado que en el plazo que transcurre desde su publicación este miércoles y la apertura del plazo de solicitud el próximo mes de septiembre, los interesados preparen toda la documentación requerida y tramiten la clave permanente para poder realizar la tramitación de manera electrónica.
Junto a la solicitud, debe presentarse el volante de empadronamiento expedido por el consistorio en el que se encuentre la vivienda para la que se está solicitando la ayuda, a excepción de aquellas personas que estén empadronadas en las tres capitales de provincia, ya que será la propia administración la que se encargue de la solicitud gracias a un convenio de colaboración que se ha suscrito entre el Departamento de Vertebración y estos ayuntamientos.
En caso de ser necesaria la subsanación de la documentación o de la solicitud, habrá un plazo de 10 días para hacerlo, y en caso de no hacerlo se entenderá que la persona renuncia a la ayuda. Estas subvenciones serán otorgadas por concurrencia competitiva.
El pago de la ayuda se va a llevar a cabo en dos fases, en primer lugar, se hará un pago que incluya la cuantía de todos los meses presentados con la solicitud, y posteriormente, de manera mensual se realizarán el resto de pagos cuando se adjunte, en los primeros diez días del mes, el justificante de cada mes.