La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Zaragoza, que absuelve a J.J.P.L., de 46 años, como autor del homicidio de su madre por la eximente de enajenación mental y decreta la medida de internamiento para tratamiento médico con una duración máxima de 15 años.
La sentencia considera que J.J.P.L., que vivía con su madre en la localidad zaragozana de Fuentes de Ebro, con quien mantenía una relación «conflictiva» debido «a la enfermedad mental» del primero, le propinó dos golpes contundentes en la cabeza con algún objeto estrecho y alargado el 11 de enero de 2019, ocasionándole la caída hacia delante y quedando en estado de inconsciencia.
Después, la colocó en un sofá en posición sentada con la cabeza apoyada entre las piernas y con los brazos hacia adelante, situación en la que se produjo el fallecimiento de la mujer por un mecanismo mixto de shock asfíctico y conmoción cerebral, siendo la causa intermedia de la muerte el traumatismo craneoencefálico y la causa fundamental la sofocación postural.
Tras encontrar la hermana de J.J.P.L. el cuerpo de su madre ese mismo día y a él acostado en su habitación en el piso superior de la vivienda, avisó a los servicios médicos de la localidad, que se personaron en el domicilio, pero tuvieron que marcharse porque el acusado estaba alterado.
La Guardia Civil accedió a la vivienda, al no lograr que éste les abriera la puerta de forma voluntaria, para trasladarlo a la Unidad de Psiquiatría del Hospital Miguel Servet de Zaragoza, donde quedó ingresado.
Allí, fue diagnosticado de psicosis esquizofrénica de larga evolución, habiendo padecido el día de los hechos un brote psicótico con anulación total de su capacidad volitiva e intelectiva y, especialmente, del control de impulsos.